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YA NO ES NECESARIO PRESENTAR PARTE MÉDICO
Que no te engañen, a partir del 1 de Abril de 2023 se suprime la obligación del trabajador de presentar a la empresa el parte médico (baja, confirmación o alta), emitidos por el facultativo del servicio público de salud o de la mutua.
En los siguientes enlaces puede consultar la normativa de aplicación:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/05/pdfs/BOE-A-2023-160.pdf BOE nº 4, de 5 de enero de 2023. , por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/13/pdfs/BOE-A-2023-781.pdf BOE nº 11, de 13 de enero de 2023. Orden ISM/2/2023, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
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